Saltar al contenido

La Directiva CSRD está cambiando: así es como afecta a tu negocio al 2030

La UE propone cambios radicales en la Directiva CSRD sobre presentación de informes de sostenibilidad corporativa (Directiva CSRD). Nuestro director sénior de Estrategia de sostenibilidad nos cuenta cómo afectará esto a su empresa.

Estos son los cambios propuestos a la Directiva CSRD Tenga en cuenta que los cambios propuestos deben pasar por más aprobaciones antes de entrar en vigor. A día de hoy, la CSRD vigente adoptada por la UE en 2023 sigue vigente. 

Alcance y calendario. La propuesta incluye cambios en el ámbito de aplicación de la CSRD para que se aplique a las empresas de la UE con más de 1,000 empleados; los umbrales financieros anteriores siguen aplicándose. Se espera que alrededor del 80% de las empresas que iban a estar incluidas en el ámbito de aplicación de la Directiva CSRD queden ahora fuera de él.

¿Qué es la Directiva CSRD?

Reforestación urbana Monterrey 2030

La Directiva CSRD es una evolución de la Directiva de Información No Financiera (NFRD), ampliando su alcance y exigencias.

Introduce el principio de «doble materialidad», lo que significa que las empresas deben informar tanto sobre cómo las cuestiones de sostenibilidad afectan a su negocio como sobre el impacto que sus operaciones tienen en el medio ambiente y la sociedad

Principales cambios por venir en la Directiva CSRD

La Directiva CSRD obliga a las empresas a adoptar un enfoque más estratégico hacia la sostenibilidad: Además, la Comisión ha propuesto retrasar dos años la presentación de informes obligatorios para las empresas que no son entidades de interés público (es decir, aquellas que debían presentar informes en 2026 y 2027, también conocidas como empresas de las oleadas 2 y 3).

El umbral para la presentación de informes de la cuarta ola para las empresas no pertenecientes a la UE que deben presentar informes a partir de 2029 se ha incrementado de $150 millones de euros en la UE a $450 millones de euros.

Para adaptarse, las empresas deben:Realizar un análisis exhaustivo de los riesgos y oportunidades relacionados con ESG, Implementar sistemas internos para recopilar y verificar datos relevantes y Capacitar a sus equipos en los nuevos requisitos normativos

Principales cambios:

  1. Ampliación del alcance: Ahora incluye a todas las grandes empresas y PYMEs cotizadas, excluyendo únicamente a microempresas.
  2. Estándares ESRS: Introducción de los Estándares Europeos de Información sobre Sostenibilidad (ESRS), que garantizan informes comparables, verificables y detallados.
  3. Integración con la taxonomía europea: Las empresas deberán evaluar su alineación con esta clasificación para medir su sostenibilidad financiera.
  4. Informes auditables: Los datos reportados deberán ser verificables por auditores externos para garantizar su precisión.

A continuación se muestra una tabla que describe la implementación gradual de la aplicación de la DirectivaCSRD, actualizada para reflejar los cambios propuestos:

La evaluación de doble materialidad (DMA) y las divulgaciones en los Estándares Europeos de Información sobre Sostenibilidad (ESRS) 

El requisito de una doble evaluación de la materialidad se mantiene, lo que significa que las empresas que aún se encuentren en el ámbito de aplicación tendrán que informar sobre cómo los riesgos de sostenibilidad afectan a su negocio, así como su propio impacto en las personas y el medio ambiente.

Sin embargo, la Comisión ha dicho que “proporcionará instrucciones más claras sobre cómo aplicar el principio de materialidad, para garantizar que las empresas solo comuniquen información material y para reducir el riesgo de que los proveedores de servicios de verificación alienten inadvertidamente a las empresas a comunicar información que no es necesaria o a dedicar recursos excesivos al proceso de evaluación de la materialidad”. Todo esto quiere decir que la DMA sigue vigente con algunas simplificaciones por venir. 


Deja una respuesta

Etiquetas: